ORACIÓN PARA DESPUÉS DE COMULGAR EL CUERPO DE CRISTO
Te rogamos, Señor, nos sirva de protección este tu Divino Sacramento, y que tu siervo (N.), que quisiste presidiese como pastor de tu Iglesia, se fortalezca y se salve siempre en unión de la grey que le ha sido encomendada. Por Nuestro Señor Jesucristo, etc. Amén.
Fuente: Misal Romano, traducido al español según decreto del Sagrado Concilio Tridentino, confirmado por los Sumos Pontífices S. Pio V, Clemente VIII y Urbano VIII. Con licencia eclesiástica. Imprenda de Zacarías Soler, Madrid, 1851.
Transcripto por Iván Cruz Bonino. http://joveneslourdes.blogspot.com/
Voy, Dios, a asistir al tremendo y Santo Sacrificio de la Misa. El es la representación viva del Sacrificio que Jesucristo ofreció en el Calvario, por toda la humanidad. En él se renueva diariamente la Vida, Pasión y Muerte de mi Dios y Redentor. Yo Quiero, Señor, asistir con una fe ardiente, meditar tus misterios, adorar la Hostia incruenta que sobre el Altar se ofrece al Eterno Padre, y se aplica por nosotros. Recibe, Dios mio, esta ofrenda en remisión de nuestros pecados y por todas nuestras necesidades. Dadme, Señor, vuestras gracias para que con atención y reverencia, asista a éste Sacrificio siguiendo al sacerdote, y concelebrando con él en tu nombre, por los méritos de tu Unigénito Hijo y el amor del Espíritu Santo. Amén
Fuente: Misal Romano, traducido al español según decreto del Sagrado Concilio Tridentino, confirmado por los Sumos Pontífices S. Pio V, Clemente VIII y Urbano VIII. Con licencia eclesiástica. Imprenda de Zacarías Soler, Madrid, 1851.
Transcripto por Iván Cruz Bonino. http://joveneslourdes.blogspot.com/
El Vaticano prepara un DVD para mostrar a los sacerdotes y a los fieles cómo se celebra una misa tridentina o también llamada misa tradicional.
Esta misa, que precede a la actual, fue adoptada entre el Concilio de Trento y el Concilio Vaticano II y se celebraba en latín.
Siete años después del Concilio de Trento, en 1570, el Papa San Pío V publicó una edición del Misal Romano. Con esta publicación no creó una nueva Misa, sino que unificó toda la Liturgia existente. Así permaneció hasta 1963.
Como entre otras decisiones del Santo Concilio de Trento, Nos incumbe decidir la edición y reforma de los libros sagrados, el Catecismo, el Breviario y el Misal, después de haber ya, gracias a DIOS, editado el Catecismo, para la instrucción del pueblo y para que sean rendidas a DIOS las alabanzas que le son debidas; corregido completamente el Breviario, para que el Misal corresponda al Breviario (lo que es normal y natural, ya que es sumamente conveniente que no haya en la Iglesia de DIOS más que una sola manera de salmodiar, un solo rito para la Misa). Nos pareció necesario pensar lo más pronto posible en lo que faltaba por hacer en este campo, a saber, editar el mismo Misal. Es por esto que Nos hemos estimado deber confiar este cargo a sabios escogidos; y de hecho son ellos, quienes, después de haber reunido cuidadosamente todos los manuscritos, no solamente los antiguos de nuestra Biblioteca Vaticana, sino también otros buscados en todas partes, corregidos y EXENTOS de alteración, así como las decisiones de los Antiguos y los escritos de autores estimados que nos han dejado documentos relativos a la organización de estos mismos ritos, han restablecido el mismo Misal conforme a la regla y a los ritos de los Santos Padres.BULA QUO PRIMUM TEMPORE - SAN PIO V.
El fin propuesto por San Pio V era de hacer cumplir la voluntad del Sacrosanto, Ecuménico y General Concilio de Trento, congregado legítimamente en el Espíritu Santo.
La comisión de sabios escogidos por el Papado restauraron el Misal. Llevaron las variedades de los misales en uso, a la unidad y pureza del ORIGINAL.
No se trata de ninguna manera de una reforma, sino de una restauración. No es una reconstitución, sino una restauración. El título de los Misales (de Rito Católico - Tridentino) en uso lo dice claramente: MISSALE RESTITUTUM, RECOGNITUM, es decir, restituido a su forma original y, con ese fin, simplemente revisado.
FUENTE: StatVeritas.Com.ar Lex Orandi, Daniel Raffard de Brienne, Fundación San Pio X. Bula Quo Primum Tempore traducida del latin y anotada por el Prof. Nestor A. Sequeiros. Comentarios al tecto de la Bula por el P. Juan C. Ceriani.
SAN PÍO V "Quo primum tempore" Bula sobre el uso a perpetuidad de la Misa Tridentina 1570
Desde el primer instante de nuestra elevación a la cima de la jerarquía Eclesiástica NOS hemos dirigido con agrado todo nuestro ánimo hacia aquellas cosas que por su naturaleza tienden a conservar la pureza del culto de la Iglesia, y con la ayuda de DIOS Nos hemos esforzado en realizarlas en plenitud, poniendo en ello todo nuestro cuidado. Como entre otras decisiones del Santo Concilio de Trento, Nos incumbe decidir la edición y reforma de los libros sagrados, el Catecismo, el Breviario y el Misal, después de haber ya, gracias a DIOS, editado el Catecismo, para la instrucción del pueblo y para que sean rendidas a DIOS las alabanzas que le son debidas; corregido completamente el Breviario, para que el Misal corresponda al Breviario (lo que es normal y natural, ya que es sumamente conveniente que no haya en la Iglesia de DIOS más que una sola manera de salmodiar, un solo rito para la Misa).
Nos pareció necesario pensar lo más pronto posible en lo que faltaba por hacer en este campo, a saber, editar el mismo Misal. Es por esto que Nos hemos estimado deber confiar este cargo a sabios escogidos; y de hecho son ellos, quienes, después de haber reunido cuidadosamente todos los manuscritos, no solamente los antiguos de nuestra Biblioteca Vaticana, sino también otros buscados en todas partes, corregidos y EXENTOS de alteración, así como las decisiones de los Antiguos y los escritos de autores estimados que no nos han dejado documentos relativos a la organización de estos mismos ritos, han restablecido el mismo Misal conforme a la regla y a los ritos de los Santos Padres.
Una vez éste revisado y corregido, después de madura reflexión, para que todos se aprovechen de esta disposición y del trabajo que hemos emprendido, Nos hemos ordenado que fuese impreso en Roma, lo más pronto posible, y que una vez impreso, fuese publicado, a fin de que los sacerdotes sepan con certeza qué oraciones deben utilizar, cuáles son los ritos y cuáles las ceremonias que deben, bajo OBLIGACIÓN, conservar en adelante en la celebración de las Misas: para que todos acojan por todas partes y observen lo que les ha sido transmitido por la Iglesia Romana, Madre y Maestra de todas las otras Iglesias y para que en adelante y para el tiempo futuro perpetuamente, en todas las iglesias, patriarcales, catedrales, colegiatas, y parroquiales, de todas las provincias de la cristiandad, seculares o de no importa qué Ordenes Monásticas, tanto de hombres como de mujeres, aún Ordenes Militares regulares y en las iglesias y capillas sin cargo de almas, en las cuales la celebración de la Misa conventual en voz alta con el coro, o en voz baja siguiendo el rito de la Iglesia Romana es costumbre u obligación, no se canten o no se reciten otras fórmulas que aquellas conformes al Misal que Nos hemos publicado, aún si estas mismas iglesias han obtenido una dispensa cualquiera por un indulto de la Sede Apostólica, por el hecho de una costumbre, de un privilegio o de un juramento mismo, o por una confirmación apostólica, o están dotados de otros permisos cualesquiera; a menos que después de que se hubiere establecido la costumbre, esta última o la institución misma hayan sido observadas sin interrupción en estas mismas iglesias por la celebración de Misas durante más de doscientos años. En este caso Nos no suprimimos a ninguna de estas iglesias su institución o costumbre de celebrar la Misa; pero si este Misal que Nos hemos hecho publicar les agrada más, con la aprobación y consejo del Obispo o del Prelado, o del conjunto del Capítulo, Nos permitimos que, no obstando nada en contrario, ellas puedan celebrar la Misa siguiendo éste.
Pero, ciertamente, al retirar a todas las iglesias antes mencionadas el uso de sus misales propios y dejarlos totalmente, determinamos que a este Misal justamente ahora publicado por Nos, nada se le añada, quite o cambie en ningún momento y en esta forma Nos lo decretamos y Nos lo ordenamos a PERPETUIDAD, bajo pena de nuestra indignación, en virtud de nuestra constitución, Nos hemos decidido para el conjunto y para cada una de las iglesias enumeradas arriba, ... que ellos deberán, en virtud de la santa obediencia, abandonar en el futuro y enteramente todos los otros principios y ritos, por antiguos que sean, provenientes de otros misales, los cuales han tenido el hábito de usar, y cantar o decir la Misa según el rito, la manera y la regla que Nos enseñemos por este Misal y que ellos no podrán permitirse añadir, en la celebración de la Misa, otras ceremonias ni recitar otras oraciones que las contenidas en el Misal. Y aún, por las, disposiciones de la presente y en nombre de nuestra Autoridad Apostólica, Nos concedemos y acordamos que este mismo Misal podrá ser seguido en la totalidad en la Misa cantada o leída en todas las iglesias, sin ningún escrúpulo de conciencia y sin incurrir en ningún castigo, condenación o censura y que podrá válidamente usarse, libre y lícitamente y ESTO A PERPETUIDAD (etiam perpetuo). Y de una manera análoga, Nos hemos decidido y declaramos que los Superiores, Administradores, Canónigos, Capellanes y otros Sacerdotes o religiosos de una Orden cualquiera, no pueden ser obligados a celebrar la Misa de otra manera diferente a como Nos la hemos fijado y que JAMÁS NADIE, quienquiera que sea podrá contradecirles o FORZARLES A CAMBIAR DE MISAL o anular la presente instrucción o a modificarla, sino que ella estará siempre en vigor y válida con toda fuerza, no obstante las decisiones anteriores y las Constituciones Generales o Especiales emanadas de Concilios Provinciales o Generales, ni tampoco el uso de las iglesias antes mencionadas, confirmadas por una regla muy antigua e inmemorial, ni las decisiones ni las costumbres contrarias cualesquiera que sean.
Nos queremos, al contrario, y Nos lo decretamos con la misma autoridad, que después de la publicación de la presente constitución así como del Misal, TODOS LOS SACERDOTES que estén presentes en la Curia Romana están obligados a cantar o a decir Misa según este Misal, dentro de un mes...
...QUE ABSOLUTAMENTE NADIE, POR CONSIGUIENTE, PUEDA ANULAR ESTA PAGINA QUE EXPRESA NUESTRO PERMISO, NUESTRA DECISIÓN, NUESTRA ORDEN, NUESTRO MANDAMIENTO, NUESTRO PRECEPTO, NUESTRA CONCESIÓN, NUESTRO INDULTO, NUESTRA DECLARACIÓN, NUESTRO DECRETO, NUESTRA PROHIBICIÓN, NI OSE TEMERARIAMENTE IR EN CONTRA DE ESTAS DISPOSICIONES. SI, A PESAR DE ELLO, ALGUIEN SE PERMITIESE UNA TAL ALTERACIÓN, SEPA QUE INCURRE EN LA INDIGNACIÓN DE DIOS TODOPODEROSO Y SUS BIENAVENTURADOS APÓSTOLES PEDRO Y PABLO.
Dado en Roma, año 1570, quinto de nuestro pontificado.
Los Apóstoles habían recibido el mandato y el poder de celebrar el Sacrificio de la Nueva Alianza. Los documentos más antiguos nos muestran que los Apóstoles y sus sucesores observaron fielmente esta orden.
Por la naturaleza misma de las cosas y con la autoridad inspirada recibida de Nuestro Señor Jesucristo y del Espíritu Santo, los Apóstoles y sus sucesores debían completar la simple renovación de lo ocurrido el Jueves Santo.
Por un conjunto de ritos y ceremonias iban a solemnizar esa renovación y hacer de ella un acto religioso en el estricto sentido de la palabra.
De este modo, al dispersarse los Apóstoles, hubo en todas las iglesias locales de Oriente y Occidente un rito más o menos uniforme.
Este rito iba a cristalizarse en el curso de los tres primeros siglos en “grandes tipos” que debían tomar una forma fija conforme al género particular de cada pueblo.
Así, a partir del siglo cuarto se pueden reconocer cuatro tipos generales de la liturgia del Santo Sacrificio: Antioqueno, Alejandrino, Romano y Galicano.
El rito Romano se extendió por todo Occidente suplantando los otros ritos occidentales derivados, pero tomando de ellos algunos elementos.
Los ritos occidentales sobrevivientes son el Mozárabe y el Ambrosiano.
En lo referente a la formación del Canon Romano, es arduo seguir su historia y desarrollo. Con todo, se puede afirmar que ya estaba acabado en tiempos de San León Magno (400-461).
San Gregorio Magno (590-604) lo completó agregándole al Hanc igitur estas palabras: Diesque nostros in tua pace disponas.
Las modificaciones del Rito Romano después de San Gregorio Magno fueron:
El Asperges, el Salmo Judica me, el Confiteor, las oraciones acompañando las ceremonias del Ofertorio y las tres oraciones antes de la Comunión.
Por otra parte, el estudio de los misales de la Edad Media nos enseña que casi cada catedral tenía su propio misal, con sus particularidades litúrgicas. Ellas consistían en adiciones de pura ornamentación y devoción: fiestas locales, procesiones, oraciones y cantos, secuencias, prefacios, etc.
Pero ninguna de estas particularidades constituía un rito verdaderamente distinto. Todas pertenecían al tronco común original del rito Romano tal como se fijó en tiempos de San Gregorio Magno. Los “ancestros” de nuestro Misal, escritos entre los siglos quinto y octavo, nos dan una constitución de la misa idéntica a aquella que San Pío V habría de canonizar en su Bula.
Podemos aseverar, pues, que desde San Gregorio Magno se considera el texto, el orden y la disposición de la Misa como una tradición sagrada que nadie se atreve a tocar, salvo en detalles secundarios.
A partir del siglo XII, el rito Romano sufrió nuevamente influencias locales que constituyeron variantes, muy secundarias, de la fuente común romana: Lyon, Treves, Salisbury, etc.
A fines del siglo XII, el Papa Inocencio III (1198-1216) promulga un Ordo Missæ que corresponde al Misal utilizado en la capilla papal. Ahora bien, este Ordo es casi idéntico al que San Pío V restaurará en 1570.
En los siguientes videos se explica como se celebra